Real Audiencia de Charcas
(1566-1661, 1671-1782) |•Gobernación del Paraguay (1566-1661, 1671-1782) |Desde 1782 hasta 1825 (intendencias/provincias): |•Chuquisaca (o Charcas) |•La Paz |•Potosí |•Cochabamba |•Santa Cruz de la Sierra(1782-1785) }} | ámbito = | país = Imperio español | sede = Palacio Real de la ciudad de La Plata (hoy Sucre, en Bolivia) | latd = 19 | latm = 03 | lats = 00 | latNS = S | longd = 65 | longm = 15 | longs = 00 | longEW = W | empleados = Presidente, 5 oidores alcaldes del crimen (luego reducido a 4), un fiscal, un alguacil mayor, y un teniente de gran canciller. Desde 1776 tuvo un regente. | presupuesto = | ministro = | ministro_par = | director = | director_pos = | titular_tipo = Presidente | titular_nom = Pedro Ramírez de Quiñones (1559, 1561-1571)
Antonio Vigil (1824-1825) | titular_pos = | composición = | dependiente_de = Consejo de Indias | superior = | bajo_su_dependencia = | relacionados = | sitio_web = | notas = Durante la guerra de Independencia, la Real Audiencia de Charcas se limitó en la zona alta de su distrito, denominada Alto Perú. }}
La Real Audiencia de Charcas, oficialmente conocida como Audiencia y Chancillería Real de La Plata, Provincia de los Charcas, era un tribunal judicial del Imperio español en América con sede en la ciudad de La Plata (hoy Sucre, Bolivia). Esta Audiencia tuvo un distrito judicial y administrativo que abarcaba lo que hoy son los países del cono sur de América del Sur, principalmente en la actual Bolivia. Fue parte del virreinato del Perú hasta 1776, cuando pasó al virreinato del Río de la Plata. A lo largo de su historia, la Real Audiencia de Charcas tuvo distintas transformaciones administrativas y judiciales.
Antes de la creación de las intendencias en 1782, la provincia de Charcas estaba organizada bajo el sistema de corregimientos. Durante este período, el presidente de la Audiencia de Charcas no solo desempeñaba funciones judiciales, sino que también ejercía, ''de facto'', atribuciones gubernativas, lo que le confería una posición de notable preeminencia dentro de la estructura territorial. Atribuciones que no desaparecieron con la Real Audiencia. Esto hacía de la Audiencia de La Plata de los Charcas un caso excepcional. Aunque formalmente no se le reconocía el título de gobernador, el presidente asumía muchas de las responsabilidades propias de este cargo, especialmente en la administración local y en la resolución de conflictos internos. De hecho, en algunos contextos más informales, a la Real Audiencia de Charcas todavía se la refería como la provincia de Charcas.
En 1782, con la creación de la intendencia de Chuquisaca, el presidente de la Real Audiencia asumió también el cargo de gobernador intendente, fusionando así, oficialmente, sus roles judiciales y administrativos. Desde ese momento, la Real Audiencia de Charcas continuó siendo una entidad judicial, pero el presidente adquirió mayores funciones gubernamentales, abarcando no solo la administración, sino también el control de las provincias o intendencias del Alto Perú, como La Paz, Potosí, Cochabamba, Chuquisaca y Santa Cruz de la Sierra.
La Audiencia, en su rol judicial, seguía siendo clave en la administración del virreinato. Sin embargo, con la Guerra de Independencia (1810-1825), su distrito judicial se vio afectado y las provincias altoperuanas empezaron a ganar mayor autonomía. En 1825, tras la victoria de los patriotas, se llamó a una Asamblea General de Diputados de las Provincias del Alto Perú que decidió que el Alto Perú no deseaba unirse ni con Lima ni con Buenos Aires proclamando la independencia. Por tanto, la Real Audiencia de Charcas fue suprimida definitivamente en abril de ese año, tras la firma de un decreto que marcó el fin de la entidad. proporcionado por Wikipedia
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1por Real Audiencia de Charcas, Pino Sánchez de Rozas Romero y Negrete, Joaquín de, 1729-1804
Publicado 1809Informe