Cita APA (7a ed.)

Gil Donnari, M., & Marcos, G. A. El delito previsto en el artículo 179 primer párrafo del Código Penal debe interpretarse derogado por inexistencia del sujeto activo previsto por el tipo.

Cita Chicago Style (17a ed.)

Gil Donnari, Mercedes, y Guillermo Andrés Marcos. El Delito Previsto En El Artículo 179 Primer Párrafo Del Código Penal Debe Interpretarse Derogado Por Inexistencia Del Sujeto Activo Previsto Por El Tipo.

Cita MLA (8a ed.)

Gil Donnari, Mercedes, y Guillermo Andrés Marcos. El Delito Previsto En El Artículo 179 Primer Párrafo Del Código Penal Debe Interpretarse Derogado Por Inexistencia Del Sujeto Activo Previsto Por El Tipo.

Precaución: Estas citas no son 100% exactas.