Resolución ministerial 1096/1989 [sobre licencia anual ordinaria].
El personal de la planta central y dependencias del Ministerio, cualquiera fuera su jerarquía, deberá hacer uso de la licencia anual ordinaria durante el mes de enero de cada año y por la totalidad de los días que en cada caso corresponda. Continuará en el mes de febrero cuando el término de la lice...
Guardado en:
| Autores Corporativos: | , |
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| Formato: | Documento Gubernamental Libro electrónico |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Buenos Aires :
Ministerio de Educación y Justicia,
1989.
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/RM_1096-89.pdf |
| Aporte de: | Registro referencial: Solicitar el recurso aquí |
| Sumario: | El personal de la planta central y dependencias del Ministerio, cualquiera fuera su jerarquía, deberá hacer uso de la licencia anual ordinaria durante el mes de enero de cada año y por la totalidad de los días que en cada caso corresponda. Continuará en el mes de febrero cuando el término de la licencia fuere, mayor de los días de enero contados a partir del primer día hábil de este mes. |
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| Descripción Física: | 1 PDF |