Decreto Reglamentario 1531/1972 [reglamentación de la Ley 19524 de escuelas de frontera].
Una Comisión especial y permanente, presidida por el Ministro de Cultura y Educación o el funcionario que el designare a tal efecto, coordinará las actividades vinculadas con la formulación, ejecución y control de la política educativa en zonas y áreas de frontera que realicen los organismos dependi...
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| Autores Corporativos: | , |
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| Formato: | Documento Gubernamental Libro electrónico |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Buenos Aires :
Poder Ejecutivo Nacional,
1972.
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/260000-264999/264008/norma.htm |
| Aporte de: | Registro referencial: Solicitar el recurso aquí |
| Sumario: | Una Comisión especial y permanente, presidida por el Ministro de Cultura y Educación o el funcionario que el designare a tal efecto, coordinará las actividades vinculadas con la formulación, ejecución y control de la política educativa en zonas y áreas de frontera que realicen los organismos dependientes del Ministerio, y concertará con las autoridades provinciales, universidades y otros organismos oficiales y privados, las acciones concurrentes a la ejecución de aquella política. La Comisión coordinadora estará integrada por un representantes de la Subsecretaría de Seguridad y de cada uno de los organismos permanentes de conducción de los distintos niveles y modalidades del Ministerio de Cultura y Educación. |
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| Notas: | Publicada en el Boletín Oficial nro. 22387 del 22/3/1972. |
| Descripción Física: | 1 PDF |