Decreto 206/2000

Establécese que los funcionarios de jerarquía igual o superior a la de Subsecretario y las máximas autoridades de Organismos Descentralizados, instituciones bancarias oficiales y de la Seguridad Social, empresas y sociedades del estado, no podrán beneficiarse simultáneamente con el sueldo o remunera...

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Detalles Bibliográficos
Autores Corporativos: Argentina, Argentina. Presidente (1999-2001 : De La Rúa), Argentina. Jefatura de Gabinete de Ministros. Jefe de Gabinete (1999-2000 : Terragno)
Formato: Documento Gubernamental Libro electrónico
Lenguaje:Español
Publicado: [S.l.] : [s.n.], 2000.
Materias:
Acceso en línea:http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/7359.pdf
Aporte de:Registro referencial: Solicitar el recurso aquí
Descripción
Sumario:Establécese que los funcionarios de jerarquía igual o superior a la de Subsecretario y las máximas autoridades de Organismos Descentralizados, instituciones bancarias oficiales y de la Seguridad Social, empresas y sociedades del estado, no podrán beneficiarse simultáneamente con el sueldo o remuneración correspondiente y un beneficio previsional.
Notas:Publicado en Boletín Oficial de la República Argentina no. 29351 de 06/03/2000
Descripción Física:1 PDF.