Decreto 206/2000
Establécese que los funcionarios de jerarquía igual o superior a la de Subsecretario y las máximas autoridades de Organismos Descentralizados, instituciones bancarias oficiales y de la Seguridad Social, empresas y sociedades del estado, no podrán beneficiarse simultáneamente con el sueldo o remunera...
Guardado en:
| Autores Corporativos: | , , |
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| Formato: | Documento Gubernamental Libro electrónico |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
[S.l.] :
[s.n.],
2000.
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/7359.pdf |
| Aporte de: | Registro referencial: Solicitar el recurso aquí |
| Sumario: | Establécese que los funcionarios de jerarquía igual o superior a la de Subsecretario y las máximas autoridades de Organismos Descentralizados, instituciones bancarias oficiales y de la Seguridad Social, empresas y sociedades del estado, no podrán beneficiarse simultáneamente con el sueldo o remuneración correspondiente y un beneficio previsional. |
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| Notas: | Publicado en Boletín Oficial de la República Argentina no. 29351 de 06/03/2000 |
| Descripción Física: | 1 PDF. |