Una aproximación particularista para el establecimiento de principios de justicia distributiva en el ámbito de la educación : Informe de avance del proyecto de investigación "La autonomía kantiana en la defensa de un derecho a la educación"
El articulo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas del año 1948 sostiene el derecho de toda persona a la educación Los Estados que adoptaron esta declaración, entre ellos la Argentina, han admitido su obligación de proveer a sus ciudadanos de una...
Guardado en:
| Autor principal: | |
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| Formato: | Articulo |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
1996
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/12666 http://www.memoria.fahce.unlp.edu.ar/art_revistas/pr.2558/pr.2558.pdf |
| Aporte de: |
| Sumario: | El articulo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas del año 1948 sostiene el derecho de toda persona a la educación Los Estados que adoptaron esta declaración, entre ellos la Argentina, han admitido su obligación de proveer a sus ciudadanos de una educación gratuita y obligatoria, al menos en el nivel de instrucción elemental, así como también de garantizar la igualdad de oportunidades para el acceso a la instrucción técnica o profesional y a los estudios superiores, en función de los méritos respectivos. El reconocimiento de que la educación constituye un bien social básico, imprescindible para el desarrollo individual y colectivo, pone de manifiesto la pertinencia de su análisis desde la perspectiva de una teoría de la justicia.
<i>(Párrafo extraído del texto a modo de resumen)</i> |
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