Reflexiones sobre las modificaciones al régimen de locaciones: ley 27.551 y resolución AFIP 4933/2021
El contrato de locación es utilizado como un mecanismo para poder abordar una problemática que aqueja a gran parte de la población: el acceso a una vivienda digna. Las distintas regulaciones partieron desde el Código de Vélez Sarsfield y subsiguientes leyes, especialmente la ley 21.342 de locaciones...
Guardado en:
| Autores principales: | , |
|---|---|
| Formato: | Articulo |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
2021
|
| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/131939 |
| Aporte de: |
| Sumario: | El contrato de locación es utilizado como un mecanismo para poder abordar una problemática que aqueja a gran parte de la población: el acceso a una vivienda digna. Las distintas regulaciones partieron desde el Código de Vélez Sarsfield y subsiguientes leyes, especialmente la ley 21.342 de locaciones urbanas, sobre la base de postulados como la igualdad y libertad formal de las partes. Paulatinamente, estas concepciones se fueron atenuando en torno a los contratos de locación para uso familiar. Con la sanción del Código Civil y Comercial se elimina la histórica división legal tripartita del contrato de locación, concibiéndose al locatario como la parte más débil de la relación contractual, y con esta finalidad, o al menos eso se intentó, se sanciona la ley 27.551 y la resolución de AFIP Nº 4933/2021. Si bien la exigencia de registrar los contratos del artículo 16 de la ley 27.551, reglamentada por la resolución de AFIP 4933/2021, no constituye un nuevo impuesto, sí demandará la realización de trámites y gestiones, que, de ser encargadas a profesionales tales como contadores o corredores, generaran un costo extra. |
|---|