De jóvenes, actos delictivos y responsabilidades

Un menor ha cometido una falta, un delito, ha hecho valer su ley, su pequeña gran ley. Y hablaré aquí de menor y no de niño o de joven ya que más allá del discurso de la Convención aún en la praxis cotidiana el niño, el adolescente, sus padres, son traídos a nuestro despacho con un primer diagnósti...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Álvarez, Liliana
Formato: Articulo
Lenguaje:Español
Publicado: 2005
Materias:
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/154130
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Descripción
Sumario:Un menor ha cometido una falta, un delito, ha hecho valer su ley, su pequeña gran ley. Y hablaré aquí de menor y no de niño o de joven ya que más allá del discurso de la Convención aún en la praxis cotidiana el niño, el adolescente, sus padres, son traídos a nuestro despacho con un primer diagnóstico silvestre aportado por la institución: violador, abandonado, homicida, golpeador; categorías que tendremos que dejar caer para escuchar su nombre. Apresados entonces en la denominación genérica de menor y en la particularidad de un expediente, nos llega un causante. Esto es alguien en que sistemas de regulación y control operaron aboliendo su subjetividad. Desde aquí las ideas judiciales acerca de la familia, el niño, el bien y el mal en relación al acto criminal cometido por un niño, operan como obstáculos produciendo una ideologización de la práctica.