La alegación formal del absurdo en la Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires

Sumario: I. Introducción. – II. El concepto de absurdo. – a. Carácter excepcional del absurdo valorativo. – b. ¿Cuál es la vía recursiva para interponer el absurdo? – III. Modo de alegar y probar el absurdo. – IV. Suficiencia de la queja. Necesidad de citar las normas legales infringidas en la causa...

Descripción completa

Guardado en:
Detalles Bibliográficos
Autor principal: Gavagnin, Diego Maximiliano
Formato: Articulo
Lenguaje:Español
Publicado: 2004
Materias:
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/154790
Aporte de:
Descripción
Sumario:Sumario: I. Introducción. – II. El concepto de absurdo. – a. Carácter excepcional del absurdo valorativo. – b. ¿Cuál es la vía recursiva para interponer el absurdo? – III. Modo de alegar y probar el absurdo. – IV. Suficiencia de la queja. Necesidad de citar las normas legales infringidas en la causal del absurdo. – a. El criterio de la Suprema Corte de Justicia Provincial. Crítica al excesivo rigorismo en cuanto a la suficiencia de la queja.– b. La postura del Tribunal de Casación Penal bonaerense. – c. El recurso extraordinario federal en los supuestos de arbitrariedad fáctica: suficiencia recursiva. – V. Conclusiones.