Sumario: | El trabajo se propone identificar en los cambios en las relaciones jurídicas laborales las transformaciones del proceso de acumulación de capital en Argentina a partir de la nueva división internacional del trabajo. En esta etapa, las condiciones de (re)producción de la fuerza de trabajo se degradaron y aumentó la fragmentación en su interior. En este sentido, el propósito es dar cuenta de la expresión jurídica que asume este fenómeno.
Tomamos como punto de partida la forma jurídica general que asumió la venta de la fuerza de trabajo en la etapa previa. Ésta se caracterizó por la regulación de condiciones mínimas y generales de reproducción de la fuerza de trabajo a través de la Ley de Contrato de trabajo (LCT) y sobre esta regulación general, una diferenciación en las condiciones de reproducción en las distintas ramas de actividad regulada por los Convenios Colectivos de Trabajo.
En la etapa siguiente observamos tres grandes transformaciones jurídicas en la regulación de las condiciones de reproducción de la clase obrera que expresan la degradación y la fragmentación. En primer lugar, aumenta cuantitativamente la porción de la fuerza de trabajo que queda fuera de la regulación jurídica laboral producto inmediato del trabajo informal. En segundo lugar, la ley de monotributo permitirá el empleo de trabajadores a quienes se le niega la relación laboral, pero establece ciertas condiciones de reproducción mínimas propias de la relación laboral. Por último, el sector de trabajadores que vende su fuerza de trabajo regulada por las leyes laborales, verá degradada la protección de esta regulación.
En esta ponencia nos centraremos en las transformaciones e innovaciones jurídicas que regulan los contratos de compra-venta de la fuerza de trabajo de la fracción que continúa amparada en las leyes laborales con el objetivo de conocer la forma jurídica que asume el fraccionamiento y la degradación en las condiciones de reproducción de la fuerza de trabajo.
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