Ordenanza no. 255/01 : Aspirantes a ingresar a la Universidad Nacional de La Plata mayores de 25 años
Toda persona mayor de 25 años que aspire a ingresar en la Universidad Nacional de La Plata y no acredite la aprobación de los estudios exigibles del nivel medio podrá solicitar ser evaluada en los términos del artículo 7º de la Ley de Educación Superior Nº 24.521. A tales efectos deberá cumplimentar...
Guardado en:
| Autor principal: | |
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| Formato: | Documento institucional Ordenanza |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
2001
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/25625 |
| Aporte de: |
| Sumario: | Toda persona mayor de 25 años que aspire a ingresar en la Universidad Nacional de La Plata y no acredite la aprobación de los estudios exigibles del nivel medio podrá solicitar ser evaluada en los términos del artículo 7º de la Ley de Educación Superior Nº 24.521. A tales efectos deberá cumplimentar en la Facultad en la que aspira a realizar sus estudios el formulario de SOLICITUD DE EVALUACIÓN cuyo modelo se agrega a la presente ordenanza. |
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