Los Estados fracasados y el sistema jurídico internacional
La finalización de la guerra fría y el mundo bipolar, en el campo político y estratégico militar, y el proceso de globalización económica, dieron lugar a un fenómeno nuevo en la década de los años noventa en el mundo en desarrollo: el advenimiento de los llamados “Estados fracasados”. Estos Estados...
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| Autor principal: | |
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| Formato: | Objeto de conferencia |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
2002
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/37055 http://www.iri.edu.ar/publicaciones_iri/IRI%20COMPLETO%20-%20Publicaciones-V05/CD%20I%20Congreso/RRII/PONENCIAS/DERECHO/T-PERSICO.doc |
| Aporte de: |
| Sumario: | La finalización de la guerra fría y el mundo bipolar, en el campo político y estratégico militar, y el proceso de globalización económica, dieron lugar a un fenómeno nuevo en la década de los años noventa en el mundo en desarrollo: el advenimiento de los llamados “Estados fracasados”. Estos Estados pueden ser definidos como aquellos que son totalmente incapaces de sostenerse a sí mismos como miembros de la comunidad internacional. En ellos se da el colapso de las instituciones estatales, la ruptura de la ley y el orden, gran violencia interna y caos generalizado, observándose además graves y generalizadas violaciones a los derechos humanos elementales, corrupción, pobreza extrema, presión demográfica sobre las fronteras de sus vecinos, y cobijo a actividades delictivas como el narcotráfico y el terrorismo. Sin duda, estos Estados configuran una amenaza para la paz y seguridad regional y global. Hasta el momento, la respuesta jurídica a ésta nueva realidad por parte de la comunidad internacional se ha producido, en la mayoría de los casos, a través de medidas dispuestas por Consejo de Seguridad, en el marco del capítulo VII de la Carta de la ONU, o sea se actuó sobre las consecuencias o “ex post facto”. La actuación para ser eficiente debe ser preventiva y realizarse sobre las causas, estimándose adecuado para ello crear un nuevo orden económico, financiero y comercial a escala universal, lo que implicará la producción de profundos cambios, principalmente en la estructura y funcionamiento de las instituciones de Bretton Woods y de la OMC. |
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