Improcedencia de aplicar intereses con escoria inflacionaria sobre capital actualizado
Si la pericia se realiza después de la interposición de la demanda (O sea, no se lleva a cabo en prueba anticipada, por ejemplo). b-) No corresponde adicionar intereses moratorios (ni compensatorios), según tasa pasiva promedio del B.C.R.A; más el 2% mensual, a la suma estimada en la demanda, porqu...
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| Autor principal: | |
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| Formato: | Objeto de conferencia |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
2017
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/80204 |
| Aporte de: |
| Sumario: | Si la pericia se realiza después de la interposición de la demanda (O sea, no se lleva a cabo en prueba anticipada, por ejemplo).
b-) No corresponde adicionar intereses moratorios (ni compensatorios), según tasa pasiva promedio del B.C.R.A; más el 2% mensual, a la suma estimada en la demanda, porque contiene “escoria” antiinflacionaria.
c-) Esa tasa sólo debe aplicarse a la suma de dinero determinada en la pericia, desde la fecha de ésta última.
d-) Desde el dies a quo hasta la fecha de la pericia, debe aplicarse una tasa de interés libre de escoria inflacionaria, por ejemplo, del 8% de interés anual. |
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