La doctrina de la potestas omninsular
Antes de que los europeos fueran "conmocionados" por la magnitud de la extensión del espacio americano abierto por los descubrimientos, el Nuevo Mundo fue pensado -reensamblado y deconstruido- dentro de los marcos constrictivos del pensamiento medieval. La primera imagen funcional que perm...
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| Autor principal: | |
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| Formato: | Artículo publishedVersion |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
2021
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| Acceso en línea: | https://www.memoria.fahce.unlp.edu.ar/art_revistas/pr.12876/pr.12876.pdf |
| Aporte de: |
| Sumario: | Antes de que los europeos fueran "conmocionados" por la magnitud de la extensión del espacio americano abierto por los descubrimientos, el Nuevo Mundo fue pensado -reensamblado y deconstruido- dentro de los marcos constrictivos del pensamiento medieval. La primera imagen funcional que permitió "componer mentalmente" estos nuevos espacios fue la insularidad. Dicha imagen se adecuaba perfectamente a la matriz tradicional de la doctrina jurídica sustentada por el papado romano que dará por resultado las llamadas Bulas Alejandrinas de Partición de 1493. La potestas omninsular -desarrollada durante toda la Baja Edad Media en el Occidente europeo- constituye el basamento jurídico que otorga sentido a esta donación. |
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