Fondo rotatorio "Problemática de un Sistema de Excepción" : Ministerio de Trabajo
El régimen de contrataciones para la Administración Pública Nacional es de aplicación obligatoria para las Jurisdicciones y Entidades comprendidas en la Administración\nNacional, conformada por la Administración Central, los Organismos Descentralizados y las Instituciones de la Seguridad Social, por...
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2022
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Acceso en línea: | http://bibliotecadigital.econ.uba.ar/econ/collection/tpos/document/1502-2341_PrietoMS http://repositoriouba.sisbi.uba.ar/gsdl/cgi-bin/library.cgi?a=d&c=tpos&d=1502-2341_PrietoMS_oai |
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Sumario: | El régimen de contrataciones para la Administración Pública Nacional es de aplicación obligatoria para las Jurisdicciones y Entidades comprendidas en la Administración\nNacional, conformada por la Administración Central, los Organismos Descentralizados y las Instituciones de la Seguridad Social, por determinación expresa de la normativa vigente al respecto, con el fin de garantizar que las compras y contrataciones que realice la Administración Nacional, administrador de los recursos públicos, gocen de transparencia, concurrencia, competencia, con el objetivo de garantizar a la sociedad el uso eficaz y eficiente, siempre en su beneficio..\nEl régimen de Fondos Rotatorios, objeto de este trabajo, constituye un Sistema de excepción para el Sistema de Compras y Contrataciones mencionado anteriormente.\nCuando el sistema se utiliza de forma habitual y en desconocimiento de la normativa que lo regula generan diferentes problemas en los organismos, sujetos a Auditorías Internas y Externas. |
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