El Impuesto a las Ganancias sobre los haberes jubilatorios : análisis del fallo "García"

El presente trabajo de investigación tuvo como objetivo analizar si el Impuesto a las Ganancias que grava los haberes jubilatorios posee elementos que lo hacen inconstitucional, con eje en el fallo “García, María Isabel c/ AFIP s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad”.\nPara alcanzar...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Fuente, Luciano
Otros Autores: Damarco, Jorge Héctor
Formato: Tesis de maestría publishedVersion
Lenguaje:Español
Publicado: 2023
Materias:
Acceso en línea:http://bibliotecadigital.econ.uba.ar/econ/collection/tpos/document/1502-2587_FuenteL
http://repositoriouba.sisbi.uba.ar/gsdl/cgi-bin/library.cgi?a=d&c=tpos&d=1502-2587_FuenteL_oai
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Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación tuvo como objetivo analizar si el Impuesto a las Ganancias que grava los haberes jubilatorios posee elementos que lo hacen inconstitucional, con eje en el fallo “García, María Isabel c/ AFIP s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad”.\nPara alcanzar dicho objetivo, se profundizó en el estudio de la legislación vigente, tanto local como internacional, los antecedentes parlamentarios, la doctrina y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de los tribunales inferiores.\nComo resultado del estudio pertinente, se llegó a concluir que no existen elementos suficientes que permitan inferir la inconstitucionalidad del Impuesto a las Ganancias aplicado al segmento poblacional de adultos mayores.\nEn primer lugar, los ingresos que obtiene un adulto mayor a través del sistema previsional son renta, y, por ende, gravables en el Impuesto a las Ganancias. En segundo lugar, la integralidad del haber jubilatorio no se ve perjudicada por su detracción impositiva, toda vez que los lineamientos de la Corte Interamericana y de los Tratados Internacionales que la Argentina adhiere, nada especifican al respecto. En tercer lugar, el principio de igualdad no se ve afectado por gravar a este segmento poblacional. Muy por el contrario, no gravarlo implicaría violentar dicho principio, ya que otros en situaciones similares de capacidad contributiva y vulnerabilidad (ej. persona con incapacidad vitalicia), están siendo gravados.\nPor último, se comparó la tributación del Impuesto a las Ganancias sobre los haberes jubilatorios en la República Argentina con la del resto de los países de América Latina. Se llegó a la conclusión que nuestro país es el que se encuentra en la peor situación, dado que posee las alícuotas más altas para los niveles más bajos de ingresos, como así también las escalas más cortas. Todo ello profundizado por la falta de regulaciones que permitan aliviar la carga tributaria a quienes se encuentran en situaciones desfavorables (enfermedad, invalidez, etc.).\nEl valor del presente trabajo radica en aportar fundamentación teórica que permita ser usada de base para futuras discusiones judiciales o doctrinales.