Distribución constitucional de competencias en materia tributaria
La Constitución de la Nación Argentina desde sus comienzos ha dejado sentadas las competencias en materia tributaria del gobierno federal y de los gobiernos provinciales. Luego de la reforma constitucional del año 1994 se incorporan a estas competencias regladas la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y...
Guardado en:
| Autor principal: | Sánchez, Mirian del Carmen |
|---|---|
| Formato: | Documento de conferencia |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas
2021
|
| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://repositorio.unne.edu.ar/handle/123456789/29734 |
| Aporte de: |
Ejemplares similares
-
Análisis del hecho imponible en materia de impuesto a los automotores. Necesidad de un acuerdo federal de armonización tributaria
por: Menestrina, Juan Manuel, et al.
Publicado: (2016) -
Tiempo no entero en imposiciones ordinarias.
por: Martín, Antonio Carim
Publicado: (1983) -
La política tributaria en la Argentina : análisis del monotributo.
por: Escudero, Mauricio
Publicado: (2001) -
Doble imposición tributaria
por: Losada, Víctor Alejandro
Publicado: (2019) -
Breve análisis del sistema tributario argentino y de la reforma tributaria de 1999, ley N° 25.239.
por: Gallardo, Daniel
Publicado: (2003)