La resolución general nro 08/21 IGJ : su posible alcance jurisprudencial

La Inspección General de Justicia no se siente ajena a que su conformación puede propender a la minimización del riesgo empresario y la necesidad de apartar a las empresas del grupo dominante o a la sociedad controlante (cuando no existiera grupo alguno detrás de ésta) de las acciones promovidas por...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Cendoya, Claudia María Gabriela, Jaimez, Claudia Viviana
Formato: Jornada
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales Políticas 2022
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.unne.edu.ar/handle/123456789/50921
Aporte de:
Descripción
Sumario:La Inspección General de Justicia no se siente ajena a que su conformación puede propender a la minimización del riesgo empresario y la necesidad de apartar a las empresas del grupo dominante o a la sociedad controlante (cuando no existiera grupo alguno detrás de ésta) de las acciones promovidas por terceros, evitando que la responsabilidad por las deudas de la sociedad vehículo, contraídas en la República Argentina, pudieran extenderse a su único integrante.