Resolución ministerial 1810/1996

Los establecimientos educativos de gestión estatal y privada que inicien sus actividades a partir del 1/01/97 deberán aplicar sus diseños curriculares y materiales de desarrollo curricular, correspondientes a la respectiva provincia o a la Ciudad de Buenos Aires, incorporando gradualmente los Conten...

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Detalles Bibliográficos
Autores Corporativos: Argentina. Ministerio de Cultura y Educación, Argentina. Ministerio de Cultura y Educación. Ministra (1996-1999 : Decibe)
Formato: Documento Gubernamental Libro electrónico
Lenguaje:Español
Publicado: [Buenos Aires] : [Ministerio de Cultura y Educación], 1996.
Materias:
Acceso en línea:http://www.bnm.me.gov.ar/giga1/normas/RM_1810-96.pdf
Aporte de:Registro referencial: Solicitar el recurso aquí
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520 |a Los establecimientos educativos de gestión estatal y privada que inicien sus actividades a partir del 1/01/97 deberán aplicar sus diseños curriculares y materiales de desarrollo curricular, correspondientes a la respectiva provincia o a la Ciudad de Buenos Aires, incorporando gradualmente los Contenidos Básicos Comunes de Nivel Inicial y Educación General Básica, aprobados por el Consejo Federal de Cultura y Educación; y oportunamente los contenidos de Educación Polimodal que se encuentran en los establecimientos para su consulta. Además deberán enmarcar su organización institucional en las partes pertinentes de las Resoluciones No. 41 y 43 de 1995 del CFCyE. Los Acuerdos Marco Serie A, No. 10 y No. 12 se establecen como marco organizativo de las acciones que se desarrollen para la implementación del Nivel Polimodal y los Trayectos Técnico-Profesionales. Los documentos que figuran como Anexos de la presente resolución, deberán considerarse como pautas orientadoras para la realización de las experiencias del tercer ciclo de la EGB y de Educación Polimodal que comiencen a partir del 1/01/97 hasta tanto el Consejo Federal de Educación acuerde los lineamientos organizativos definitivos.