Decreto 8583/1958 [organización del Centro de Documentación Internacional de la UNESCO en Buenos Aires].

Las tareas de organización del Centro de Documentación Internacional de la UNESCO en Buenos Aires, cuya creación ha sido dispuesta por el artículo 1° del Decreto Ley N° 13987 del 30 de octubre de 1957, corresponden jurisdiccionalmente a la Comisión Nacional Argentina para la UNESCO, creada por Decre...

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Detalles Bibliográficos
Autores Corporativos: Argentina. Poder Ejecutivo Nacional, Argentina. Presidente (1958-1962 : Frondizi), Argentina. Ministerio de Educación y Justicia. Ministro (1958-1962 : Mac Kay)
Formato: Documento Gubernamental Libro electrónico
Lenguaje:Español
Publicado: Buenos Aires : Poder Ejecutivo Nacional, 1958.
Materias:
Acceso en línea:https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/10898672/19581111?busqueda=1
Aporte de:Registro referencial: Solicitar el recurso aquí
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520 |a Las tareas de organización del Centro de Documentación Internacional de la UNESCO en Buenos Aires, cuya creación ha sido dispuesta por el artículo 1° del Decreto Ley N° 13987 del 30 de octubre de 1957, corresponden jurisdiccionalmente a la Comisión Nacional Argentina para la UNESCO, creada por Decreto N° 7736 del 16 de octubre de 1958, y serán ejecutadas por medio de su Comité Ejecutivo y Secretaría Permanente. El fondo bibliográfico inicial del Centro de Documentación Internacional estará formado por las publicaciones de los Organismos internacionales del sistema de las Naciones Unidas y de la Organización de los Estados Americanos que posea la Biblioteca Nacional y que no estén incorporados a su fondo bibliográfico, debiendo dicha dependencia tomar las medidas correspondientes para acordar la transferencia de esas publicaciones, una vez instalado el citado Centro. 
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