La sostenibilidad en la actividad aseguradora: aspecto regulatorio
Resumen: Visto que estamos próximos al XIX Congreso Nacional e Internacional de Derecho de Seguros, cuyo eslogan es “Innovación para la sostenibilidad: redefiniendo el derecho de seguros”, considero oportuno –mediante este trabajo– explorar y desarrollar el término “sostenibilidad” y su estrech...
Guardado en:
| Autor principal: | |
|---|---|
| Formato: | Artículo |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
El Derecho
2024
|
| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/18170 |
| Aporte de: |
| id |
I33-R139-123456789-18170 |
|---|---|
| record_format |
dspace |
| spelling |
I33-R139-123456789-181702024-05-29T05:01:57Z La sostenibilidad en la actividad aseguradora: aspecto regulatorio Sánchez, María José SOSTENIBILIDAD SEGUROS RESPONSABILIDAD CIVIL DERECHO DE SEGUROS DAÑOS Y PERJUICIOS Resumen: Visto que estamos próximos al XIX Congreso Nacional e Internacional de Derecho de Seguros, cuyo eslogan es “Innovación para la sostenibilidad: redefiniendo el derecho de seguros”, considero oportuno –mediante este trabajo– explorar y desarrollar el término “sostenibilidad” y su estrecha vinculación con la actividad aseguradora y, más precisamente, con el Derecho de Seguros. 1. ¿Qué es la sostenibilidad? La Real Academia Española define a la “sostenibilidad” como “cualidad de sostenible”(1). Por su parte, “sostenible” es definido –en su segunda acepción– como aquello que se puede mantener durante largo tiempo sin agotar los recursos o causar grave daño al medio ambiente, haciendo especial referencia en materia de ecología y economía(2). Ahora bien, los términos “sostenibilidad” y “sostenible” adquirieron un alcance oficial en el año 1987 en lo que se denominó Informe Bruntland. Este informe fue realizado por una comisión encabezada por la primera ministra noruega Gro Harlem Brundtland y fue publicado para la Organización de las Naciones Unidas (ONU). En el mencionado informe, se estableció que la sostenibilidad consiste en satisfacer las necesidades de la actual generación, sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones en satisfacer sus propias necesidades. 2024-05-28T14:23:36Z 2024-05-28T14:23:41Z 2024-05-28T14:23:36Z 2024-05-28T14:23:41Z 2024 Artículo Sánchez, M. J. La sostenibilidad en la actividad aseguradora: aspecto regulatorio [en línea]. Novedades en el Derecho de Seguros. El Derecho. Suplemento Especial. 2024, n°15.743. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/18170 1666-8987 https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/18170 spa Acceso abierto http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ application/pdf El Derecho Novedades en el Derecho de Seguros. El Derecho. Suplemento Especial. 2024, n°15.743 |
| institution |
Universidad Católica Argentina |
| institution_str |
I-33 |
| repository_str |
R-139 |
| collection |
Repositorio Institucional de la Universidad Católica Argentina (UCA) |
| language |
Español |
| topic |
SOSTENIBILIDAD SEGUROS RESPONSABILIDAD CIVIL DERECHO DE SEGUROS DAÑOS Y PERJUICIOS |
| spellingShingle |
SOSTENIBILIDAD SEGUROS RESPONSABILIDAD CIVIL DERECHO DE SEGUROS DAÑOS Y PERJUICIOS Sánchez, María José La sostenibilidad en la actividad aseguradora: aspecto regulatorio |
| topic_facet |
SOSTENIBILIDAD SEGUROS RESPONSABILIDAD CIVIL DERECHO DE SEGUROS DAÑOS Y PERJUICIOS |
| description |
Resumen: Visto que estamos próximos al XIX Congreso Nacional
e Internacional de Derecho de Seguros, cuyo eslogan
es “Innovación para la sostenibilidad: redefiniendo el
derecho de seguros”, considero oportuno –mediante este
trabajo– explorar y desarrollar el término “sostenibilidad”
y su estrecha vinculación con la actividad aseguradora y,
más precisamente, con el Derecho de Seguros.
1. ¿Qué es la sostenibilidad?
La Real Academia Española define a la “sostenibilidad”
como “cualidad de sostenible”(1). Por su parte,
“sostenible” es definido –en su segunda acepción– como
aquello que se puede mantener durante largo tiempo sin
agotar los recursos o causar grave daño al medio ambiente,
haciendo especial referencia en materia de ecología y
economía(2).
Ahora bien, los términos “sostenibilidad” y “sostenible”
adquirieron un alcance oficial en el año 1987 en lo
que se denominó Informe Bruntland. Este informe fue
realizado por una comisión encabezada por la primera ministra
noruega Gro Harlem Brundtland y fue publicado
para la Organización de las Naciones Unidas (ONU). En
el mencionado informe, se estableció que la sostenibilidad
consiste en satisfacer las necesidades de la actual generación,
sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones
en satisfacer sus propias necesidades. |
| format |
Artículo |
| author |
Sánchez, María José |
| author_facet |
Sánchez, María José |
| author_sort |
Sánchez, María José |
| title |
La sostenibilidad en la actividad aseguradora: aspecto regulatorio |
| title_short |
La sostenibilidad en la actividad aseguradora: aspecto regulatorio |
| title_full |
La sostenibilidad en la actividad aseguradora: aspecto regulatorio |
| title_fullStr |
La sostenibilidad en la actividad aseguradora: aspecto regulatorio |
| title_full_unstemmed |
La sostenibilidad en la actividad aseguradora: aspecto regulatorio |
| title_sort |
la sostenibilidad en la actividad aseguradora: aspecto regulatorio |
| publisher |
El Derecho |
| publishDate |
2024 |
| url |
https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/18170 |
| work_keys_str_mv |
AT sanchezmariajose lasostenibilidadenlaactividadaseguradoraaspectoregulatorio |
| _version_ |
1807949531278475264 |