Las directivas anticipadas en los proyectos de ley sobre eutanasia
Las directivas anticipadas están reguladas en la República Argentina a nivel nacional desde el año 2009 en que la ley 26.529 (B.O. 20/11/2009) las incluyó en su art. 11°. Luego, con la reforma de la ley 26.742 (B.O. 24/5/2012), se hicieron algunas modificaciones al texto de ese artículo. Y en 2014, e...
Guardado en:
| Autor principal: | |
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| Formato: | Parte de libro |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
La Ley
2024
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/18889 |
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I33-R139-123456789-188892024-10-16T15:05:10Z Las directivas anticipadas en los proyectos de ley sobre eutanasia Lafferrière, Jorge Nicolás EUTANASIA SUICIDIO ASISTIDO DIRECTIVAS ANTICIPADAS PROYECTOS DE LEY Las directivas anticipadas están reguladas en la República Argentina a nivel nacional desde el año 2009 en que la ley 26.529 (B.O. 20/11/2009) las incluyó en su art. 11°. Luego, con la reforma de la ley 26.742 (B.O. 24/5/2012), se hicieron algunas modificaciones al texto de ese artículo. Y en 2014, el nuevo Código Civil y Comercial (Ley 26.994 B.O. 8/10/2014) regula las directivas anticipadas en el art. 60°, en un texto que presenta semejanzas y diferencias con el citado art. 11°. En este marco de regulación normativa, a partir de fines de 2021 se presentaron en el Congreso Nacional distintos proyectos de ley que propugnan la legalización de la eutanasia y el suicidio asistido. Así, el objetivo de este trabajo es analizar esos proyectos en lo que concierne a la regulación que proponen de las directivas anticipadas. El tema reviste interés pues las directivas anticipadas en general han estado vinculadas a toma de decisiones para el final de la vida y ciertamente la posibilidad de que esas directivas puedan suponer que la persona solicite que se le provoque la muerte disparan importantes interrogantes y problemas vinculados con sus alcances y la protección del derecho a la vida. A su vez, resulta apropiado el tema para homenajear al profesor José W. Tobías, quién ha sido uno de los más agudos analistas de las disposiciones de estas normas sobre derechos personalísimos. En efecto, sus estudios sobre la persona humana se caracterizan por la profundidad de los análisis, por la consideración en forma exhaustiva de las cuestiones en juego, por las precisas y oportunas referencias al derecho comparado y a la jurisprudencia y por el conocimiento de las publicaciones de doctrina nacional y extranjera. El trabajo presentará en primer lugar un sintético resumen de la regulación vigente en nuestro país sobre las directivas anticipadas. Luego analizaré los proyectos de ley de eutanasia en los apartados referidos a las directivas anticipadas, con foco en las reformas que se realizan al instituto y las particularidades que supone este instituto en relación con la eventual legalización de la eutanasia y el suicidio asistido. Finalizo el escrito con las conclusiones de la investigación. 2024-10-10T19:23:52Z 2024-10-10T19:23:52Z 2024 Parte de libro 9789870347712 https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/18889 spa El derecho argentino ante la vulnerabilidad del paciente terminal Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ application/pdf Argentina La Ley Saux, E., Santarelli, F., y De Lorenzo, M. F. (Dirs.). (2024). Estudios sobre capacidad y derechos personalísimos: homenaje al Profesor Doctor José W. Tobías. La Ley. |
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Las directivas anticipadas están reguladas en la República Argentina a nivel nacional desde el año 2009 en que la ley 26.529 (B.O. 20/11/2009) las incluyó en su art. 11°. Luego, con la reforma de la ley 26.742 (B.O. 24/5/2012), se hicieron algunas modificaciones al texto de ese artículo. Y en 2014, el nuevo Código Civil y Comercial (Ley 26.994 B.O. 8/10/2014) regula las directivas anticipadas en el art. 60°, en un texto que presenta semejanzas y diferencias con el citado art. 11°. En este marco de regulación normativa, a partir de fines de 2021 se presentaron en el Congreso Nacional distintos proyectos de ley que propugnan la legalización de la eutanasia y el suicidio asistido. Así, el objetivo de este trabajo es analizar esos proyectos en lo que concierne a la regulación que proponen de las directivas anticipadas. El tema reviste interés pues las directivas anticipadas en general han estado vinculadas a toma de decisiones para el final de la vida y ciertamente la posibilidad de que esas directivas puedan suponer que la persona solicite que se le provoque la muerte disparan importantes interrogantes y problemas vinculados con sus alcances y la protección del derecho a la vida. A su vez, resulta apropiado el tema para homenajear al profesor José W. Tobías, quién ha sido uno de los más agudos analistas de las disposiciones de estas normas sobre derechos personalísimos. En efecto, sus estudios sobre la persona humana se caracterizan por la profundidad de los análisis, por la consideración en forma exhaustiva de las cuestiones en juego, por las precisas y oportunas referencias al derecho comparado y a la jurisprudencia y por el conocimiento de las publicaciones de doctrina nacional y extranjera. El trabajo presentará en primer lugar un sintético resumen de la regulación vigente en nuestro país sobre las directivas anticipadas. Luego analizaré los proyectos de ley de eutanasia en los apartados referidos a las directivas anticipadas, con foco en las reformas que se realizan al instituto y las particularidades que supone este instituto en relación con la eventual legalización de la eutanasia y el suicidio asistido. Finalizo el escrito con las conclusiones de la investigación. |
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